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_ade Oliveira Wood, Guilherme Maia
245 _aThe protection of mental privacy in the area of neuroscience .
_bSocietal, legal and ethical challenges
_c/ de Oliveira Wood, Guilherme Maia ; Berger, Lisa ; Jarke, Juliane ; Barnard, Gwendolin ; Gremsl, Thomas ; Dolezal, Eugen ; Staudegger, Elisabeth ; Zandonella, Petra
260 _aBruselas :
_bParlamento Europeo. Dirección General de Servicios de Estudios Parlamentarios. Unidad de Prospectiva Científica STOA
_c2024
300 _a117 p.
_c; 1 documento PDF
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_aelectrónico
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_arecurso en línea
520 _aEste estudio aborda las reivindicaciones y sugerencias de la Neurorights Foundation (NRF) y evalúa la necesidad de sus "neuroderechos" propuestos. Los avances en el desarrollo (neuro)tecnológico han propiciado un aumento del uso y la accesibilidad de las neurotecnologías (NT), que permiten registrar, analizar y manipular la actividad cerebral mediante dispositivos neurotecnológicos. Aunque al principio sólo se utilizaban con fines clínicos, cada vez resultan más atractivas para la población sana que desea mejorar sus capacidades cognitivas o físicas. Los dispositivos de consumo pueden ser adquiridos y utilizados por profanos sin supervisión en entornos laborales, educativos y de ocio. Este estado de la cuestión plantea multitud de interrogantes abiertos y la posibilidad de amenazas a la seguridad y la privacidad de los datos, así como implicaciones neuropsicológicas, éticas y sociales. Es por ello que el documento incorpora recomendaciones y opciones políticas que permitan hacer frente a esta situación. Para presentar y debatir los métodos neurotecnológicos más avanzados se realiza una revisión de la literatura científica y se investigan las afirmaciones y promesas de los dispositivos de consumo para ponerlos en comparación. A partir de la sistematización del estado del arte de las NT, la sección sociológica del informe lleva a cabo una revisión exhaustiva centrada en las formas en que se prevé utilizar las diferentes NT en tres ámbitos sociales importantes: la educación, el trabajo y el ocio. En la parte ética, se analiza la bibliografía favorable al establecimiento de los derechos neuronales en relación con los fundamentos intelectuales que se encuentran en la historia de las ideas. Por último, en el apartado jurídico se examinan los neuroderechos propuestos por la NRF analizando en detalle las publicaciones disponibles en su página web. Las conclusiones apuntan a que debería replantearse el debate sobre los neuroderechos para satisfacer los intereses y derechos de los ciudadanos de la UE, alcanzar las expectativas de los Estados democráticos de la Unión y los valores europeos subyacentes. Los derechos neuronales propuestos por la NRF asumen que es deseable la expansión del uso de las NT en todas sus formas. Las políticas deben ser mucho más explícitas sobre la situación en la que las NT son inadmisibles y desarrollar un enfoque más centrado en el ser humano para la gestión de los riesgos de las NT, especialmente cuando éstas se ven potenciadas por el poder transformador y transgresor de la inteligencia artificial.
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